La política de Defensa y la recuperación de las capacidades de nuestras FFAA entre la construcción colectiva y la decisión unilateral.
Por Marcelo Seghini (*)
Ante la publicación en el Boletín Oficial de un nuevo DNU para cuestiones vinculadas con aspectos centrales de la Defensa y sus FFAA, como es el caso del presupuesto, disposiciones administrativas y financiamiento, nos resulta necesario establecer y preguntarnos, ¿Cuál es la diferencia estructural y legal entre el FONDEF y el DNU 314/26, para las FFAA?
La diferencia principal entre el FONDEF y el DNU 314/2026 (vinculado al Plan de Adecuación y Reequipamiento Militar Argentino: PARMA) es que el primero es un fondo de inversión de capital a largo plazo, mientras que el segundo actúa como una herramienta ejecutiva de emergencia, atada a la AABE, para acelerar la operatividad inmediata y centralizar la gestión de recursos en un contexto de reforma administrativa que genera incertidumbre. Por otro lado, desde el punto de vista del marco legal, el FONDEF (Ley 27.565), es una ley del Congreso sancionada en 2020. Su naturaleza es permanente y establece un “piso” de financiamiento basado en un porcentaje de los ingresos corrientes del Estado para el reequipamiento militar. (0,8%). No obstante, el Presupuesto 2026 introdujo modificaciones para permitir que estos fondos se usen también en gastos corrientes (mantenimiento y sueldos). Tras esa reforma, el Fondo no desaparece como entidad, pero pierde su garantía de financiamiento estatal, quedando sujeto a donaciones privadas, financiamiento externo o discrecionalidad presupuestaria.
Por su parte, el DNU 314/2026, es un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado el 4 de mayo de 2026 en el Boletín Oficial. A diferencia de la ley vigente y en uso, tiene vigencia inmediata, pero requiere ratificación legislativa posterior. Su objetivo legal es establecer el Plan de Adecuación y Reequipamiento Militar Argentino (PARMA), otorgando facultades extraordinarias al Ejecutivo para agilizar la compra de suministros críticos sin las demoras de las licitaciones estándar.
Si analizamos su estructura y funcionamiento, el FONDEF es estructuralmente un fondo de afectación específica. Su arquitectura original busca la previsibilidad plurianual para grandes proyectos (como la compra de aviones o buques) y el fomento de la industria de Defensa Nacional.
Sin embargo, el DNU 314/2026, es estructuralmente un instrumento de gestión operativa. Se enfoca en la “adecuación”, lo que implica una reestructuración de cómo se distribuye el material existente y se priorizan las adquisiciones urgentes para 2026. Complementa al DNU 34/2026, que permitió a militares en actividad ocupar cargos políticos en el Ministerio de Defensa para centralizar esta toma de decisiones.
Resumen de diferencias principales
| Característica | FONDEF (Ley 27.565) | DNU 314/2026 |
| Origen | Legislativo (Congreso). | Ejecutivo (Presidencia). |
| Propósito Estructural | Inversión en bienes de capital y desarrollo industrial. | Adecuación operativa y reequipamiento urgente. |
| Flexibilidad | Limitada por la Ley de Administración Financiera. | Alta, diseñado para agilizar procesos de readecuación. |
| Financiamiento | Porcentaje fijo de ingresos del Estado. | Reasignación de partidas y créditos específicos para el Plan 2026, luego que el EMCOFFA al 4 de agosto, eleve dicho Plan. 10% de ventas de inmuebles o empresas del Estado Anexo I de la Ley 27.742 (Energía Argentina S.A., Intercargo SAU, Agua y Saneamientos Argentinos S. A, Belgrano Cargas y Logística S.A, Sociedad Operadora Ferroviaria S.E. y Corredores Viales S.A.) “…serán afectados a la jurisdicción presupuestaria del MINISTERIO DE DEFENSA…”. Sí y solo si son vendidos… 70% sobre venta de inmuebles o empresas del Mindef. |
Por lo visto, entonces, aunque ambos impactan en las Fuerzas Armadas, su naturaleza legal y estructural es distinta.
Impacto en el equipamiento
Esta eliminación del financiamiento progresivo pone en duda la sostenibilidad a largo plazo de programas de gran escala, como la operación y mantenimiento de los cazas F-16 adquiridos recientemente, al no contar con un flujo de fondos legalmente garantizado.
¿Qué sistemas de armas específicos se priorizan bajo este nuevo Plan de Adecuación del DNU?
Bajo el Plan de Adecuación y Reequipamiento Militar Argentino (vinculado al DNU 314/2026), se “priorizan sistemas que recuperan capacidades perdidas y modernizan el equipamiento individual y de movilidad” dice el texto.
En el presupuesto 2026 y en los planes de inversión, los sistemas clave identificados para 2026 son:
1. Fuerza Terrestre (Ejército)
- Vehículos Stryker 8×8: Se proyecta la recepción de un segundo lote de estos blindados provenientes de EE. UU., con el objetivo de conformar una brigada mecanizada de más de 200 unidades.
- Fusiles IWI ARAD: El Ejército ha iniciado la adopción del fusil israelí ARAD (versiones 5.56 mm y 7.62 mm) para reemplazar al histórico FAL después de más de 60 años.
- Artillería Autopropulsada: Se prioriza el refuerzo de este componente junto con la adquisición de munición merodeadora (drones suicidas) de distintos calibres.
2. Fuerza Aérea
- Cazas F-16: Continuidad en el programa de incorporación de los aviones adquiridos a Dinamarca para recuperar la capacidad de interceptación supersónica.
- Aviones Pampa: Se prevé sumar unidades Pampa Block 3 o Serie 3 Block 20 para tareas de entrenamiento avanzado y ataque ligero.
3. Armada Argentina
- Capacidad Submarina: Es una prioridad estratégica recuperar esta capacidad, evaluándose la adquisición de submarinos de diseño moderno (como los HD 1500 derivados del U209).
- Helicópteros Navales: Se destaca la incorporación de helicópteros livianos Leonardo AW109M para operaciones embarcadas.
- Vigilancia Marítima: Ampliación de la flota de aviones Orion para el control de la Zona Económica Exclusiva.
4. Tecnologías Transversales
- Sistemas No Tripulados: Inversión en drones de reconocimiento y radares para mejorar la vigilancia de fronteras y el control marítimo.
Por último y más allá de las interpretaciones siempre sesgadas, la pregunta es: ¿El FONDEF FUE ELIMINADO POR EL GOBIERNO DE MILEI?
En el marco del Presupuesto 2026, el gobierno de Javier Milei eliminó el financiamiento obligatorio y progresivo del FONDEF (Fondo Nacional de la Defensa).
Esta medida se implementó mediante la derogación del inciso 1 del Artículo 4° de la Ley 27.565, eliminando el piso del 0,8% de los ingresos corrientes que debía destinarse anualmente al reequipamiento militar, significando un retroceso desde el punto de vista democrático ya que esta ley, a veces mal implementada, fue votada por un amplio consenso democrático a contrario de este nuevo DNU, que pareciera ser la modalidad más distintiva de gobernanza de este gobierno.
(*) Marcelo Seghini. // Asesor en Defensa HCDN. // X: SeghiniM // seghinimarceloluis@hotmail.com
